Preguntas frecuentes del donante

¿Por qué debería donar a ACSTO?

El único propósito de ACSTO es hacer que la educación cristiana sea accesible para todos.

Distintivamente cristiano

Nuestra pasión es la educación cristiana- creemos que cada estudiante debe tener la oportunidad de aprender no sólo en una escuela privada, sino específicamente, en una Escuela Cristiana. ¡Por eso nos asociamos con más de 130 escuelas cristianas diferentes en todo el estado de Arizona!

92%

Otorgamos el 92% - ¡más del 90% requerido por la ley!

Servicio al cliente

¡Nuestros especialistas en servicio al cliente tienen la mejor capacitación, están disponibles, son amigables y serviciales!

Protegemos el crédito fiscal

Luchamos para proteger las becas de crédito fiscal ... incluido prevalecer en ACSTO v. Winn en la Corte Suprema de EE.UU. ¡Creemos en School Choice (la elección de educación)!

¿Cómo puedo donar?

Donar en línea: Hacer donación a través de nuestro portal de donantes es seguro.

Donar mensualmente: ¿Prefiere hacer donaciones más pequeñas cada mes en lugar de una grande una vez al año? ¡programe una cantidad mensual de donaciones en línea a través de su cuenta del portal de donantes!

Donar por teléfono: Llámenos al 480.820.0403 para donar con tarjeta de crédito. Nuestro horario es de lunes a viernes, de 9:00 a 12:00 y de 13:00 a 16:00 horas.

Donar por correo: : Llene una tarjeta de donación e incluya un cheque, giro postal o información de tarjeta de crédito. Envíe las donaciones por correo al: PO Box 6580, Chandler, AZ 85246


¿Cuándo puedo donar?

Puede donar en cualquier época del año. Procesamos tantas donaciones como sea posible antes de cada ciclo de premios.

Para las donaciones realizadas entre el 1ro de enero y día de impuestos, el donante puede optar por reclamar el crédito fiscal para el año fiscal anterior o actual. Si lo reclama para el año fiscal anterior, las donaciones deben hacerse para cuando presente sus impuestos o día de impuestos lo que ocurra primero. Incluso si presenta una extensión, su donación debe ser sellada o enviada en línea antes de la medianoche del día de impuestos.


¿Cuánto puedo donar?

Puede donar hasta el máximo combinado de los créditos tributarios originales y de overflow o su responsabilidad fiscal del estado de Arizona, el que sea menos.

Su responsabilidad fiscal estatal es la cantidad de dinero que debe pagar al estado en impuestos basados en sus ganancias. A cambio de su donación, el estado le da un crédito fiscal dólar por dólar, esencialmente tomando el lugar de lo que tendría que pagar al estado. Sin embargo su donación no puede exceder el máximo anual de donación permitido o su responsabilidad fiscal, el que sea menos.

Para reclamar el crédito tributario de overflow debe donar la cantidad máxima al crédito tributario original antes de que se aplique cualquier cantidad adicional al crédito tributario de overflow, hasta la donación máxima permitida de ese credito.

Para saber los máximos de crédito fiscal actual, haga clic aquí.

Si no tiene ninguna responsabilidad, no puede recibir un crédito. Sin embargo lo que le dona a ACSTO puede considerarse una donación caritativa.


¿Recibiré un recibo?

Si tiene una cuenta en el portal de donantes y dona a través de ella, puede imprimir o descargar su recibo de inmediato. Si creó una cuenta en el portal pero donó como invitado (en línea), por teléfono o por correo, su recibo estará disponible en el portal el día después de que ACSTO procese su donación.

Para los donantes que no tengan una cuenta en el portal de donantes, se les enviará por correo un recibo anual antes del 31 de enero del siguiente año. Si necesita un recibo antes, llame a nuestra oficina al 480.820.0403.


Si ya recibo un reembolso, ¿por qué necesitaría un crédito fiscal?

Usted recibe un reembolso cuando paga de más por sus impuestos estatales durante todo el año.

Un crédito es muy diferente de un reembolso. Dólar por dólar, un crédito compensa el impuesto que le debes al estado. Arizona le da crédito por cada dólar que dona hasta su responsabilidad fiscal estatal o el máximo indicado, el que sea menos.

Cuando toma ventaja de un crédito fiscal si normalmente recibe un reembolso, obtendrá un reembolso más grande! Del mismo modo al final del año, si normalmente debe impuestos deberá menos o ahora recibirá un reembolso.


¿Cómo reclamo mi crédito en mi declaración de impuesto estatal?

Las donaciones a ACSTO para el Crédito Tributario Original se reclaman usando el Formulario 323 de Arizona. Las donaciones hechas para el Crédito Tributario por Desbordamiento se reclaman usando el Formulario 348 de Arizona. Si reclama algún crédito fiscal también tendrá que completar el Formulario 301. Los formularios están disponibles en el departamento de ingresos de Arizona en azdor.gov, o en nuestra página de Reclamar Su Crédito. Si utiliza un software común de preparación de impuestos, por lo general le hará preguntas sobre cualquier donación que hizo durante el año y contabilizará su donación de crédito fiscal automáticamente.


¿Hay otras oportunidades de crédito fiscal?

Arizona ofrece una variedad de oportunidades de crédito fiscal para organizaciones caritativas, hogares de crianza, escuelas públicas y familias militares. Un contribuyente puede donar a tantos de los diversos programas de crédito fiscal como quiera - siempre y cuando tengan la responsabilidad fiscal estatal para hacerlo. Visite el sitio web del Departamento de Ingresos de Arizona en azdor.gov para obtener más información azdor.gov.


¿Necesito un código para reclamar mi crédito fiscal?

No. A diferencia de los créditos fiscales para organizaciones benéficas, de cuidado de crianza y para escuelas públicas de Arizona, el crédito fiscal para escuelas privadas NO requiere un código de organización/escuela para reclamar el crédito en sus impuestos estatales. Si se solicita un código, confirme que ha seleccionado el crédito fiscal para escuelas privadas o que está utilizando el formulario 323 de Arizona (y el formulario 348, según el monto de su donación).


¿Mi donación es elegible para una deducción federal?

Consulte a su asesor fiscal para obtener asesoramiento fiscal específico sobre la deducibilidad de su situación fiscal.


¿Cuánto de mi donación se otorga como beca?

La ley de Arizona requiere que el 90% de los fondos donados se otorguen como becas. ¡ACSTO otorga el 92%! Operamos con un presupuesto del 8% que se utiliza para pagar los costos de operación y numerosos recursos para nuestras escuelas, padres y donantes.


¿Puedo recomendar una escuela o estudiante específico con mi donación?

Sí, usted puede identificar una escuela específica y su donación se utilizará para otorgar becas entre los solicitantes de esa escuela. Una lista actual de nuestras escuelas asociadas está disponible aquí.

Además, también puede recomendar a un estudiante elegible de K-12 (o preescolar con discapacidades) que no sea su hijo o dependiente.Tenga en cuenta que las becas Overflow solo se pueden otorgar a los estudiantes que califican para rcibirlas.

Las familias no pueden “intercambiar” donaciones recomenando a los hijos de los demás. La ley establece: “Un contribuyente no puede reclamar un crédito fiscal si el contribuyente acepta intercambiar donaciones con otro contribuyente para beneficiar al dependiente de cualquiera de los contribuyentes”.


¿Cúal es la diferencia entre la recomendacion de un donante y una beca?

La recomendación de un donante es solo eso, una recomendación. Por ley, una STO no puede garantizar una beca basándose únicamente en la recomendación de un donante. Las recomendaciones se consideran y son útiles en el proceso de otrogar becas, pero no son el único factor.

Nuestros comités de selección otorgan becas trimestralmente. Además de las recomendaciones recibidas de los donantes, los comités consideran la información financiera familiar (requerida por la ley estatal) y la descripción del estudiante provista en la solicitud de beca del estudiante.


¿Puede una STO hacer saber a los padres quién recomendó a su hijo o el monto donado?

Según ADOR, los nombres de los donantes no se pueden compartir con los beneficiaries de las becas. Además, como organización benéfica 501(c)(3), la ley federal nos exige mantener la condiencialidad de los donantes.

La ley de crédito fiscal de Arizona prohíbe que las STO otorguen, designen o reserven basándose únicamente en la recomendación de un donante. Por lo tanto, los montos de las donaciones para las recomendaciones no se divulgan ya que no hay garantías para las becas que aún no se han otorgado.


EXISTIMOS PARA QUE LA EDUCACIÓN CRISTIANA
ACCESIBLE Y POSIBLE PARA TODOS